El SAGRILAFT es una de las obligaciones de cumplimiento más desconocidas —y más sancionadas— en Colombia. Miles de empresas del sector real están obligadas a implementarlo, pero muchas lo ignoran hasta que llega una visita de inspección de la Superintendencia de Sociedades.

En esta guía le explicamos qué es el SAGRILAFT, quién debe implementarlo, cuáles son sus componentes y qué pasa si su empresa no cumple.

⚠️ Atención

La Superintendencia de Sociedades actualizó los requisitos del SAGRILAFT con la Circular 100-000016 de 2023. Si su empresa implementó el sistema antes de esa fecha, debe verificar que esté actualizado.

1. ¿Qué es el SAGRILAFT?

El Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM (SAGRILAFT) es el conjunto de políticas, procedimientos, controles y mecanismos que deben implementar ciertas empresas colombianas para prevenir que sus operaciones sean utilizadas como vehículo para:

Lo administra la Superintendencia de Sociedades y aplica a empresas del sector real (no financieras). Las entidades financieras tienen su propio sistema: el SARLAFT, vigilado por la Superintendencia Financiera.

¿En qué se diferencia el SAGRILAFT del SARLAFT?

CaracterísticaSAGRILAFTSARLAFT
Aplica aEmpresas sector realEntidades financieras
VigilaSupersociedadesSuperfinanciera
Riesgos cubiertosLA / FT / FPADMLA / FT
Normativa baseCircular 100-000016 de 2023CE 026 de 2008 y actualizaciones

2. ¿Qué empresas deben implementar SAGRILAFT?

Están obligadas las empresas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades que cumplan cualquiera de estas condiciones:

Por umbrales financieros

Por sector de alto riesgo

Independientemente de sus activos o ingresos, también están obligadas las empresas de estos sectores:

💡 Cómo saber si usted está obligado

Revise si su empresa aparece en el listado de sociedades vigiladas por Supersociedades y si supera los umbrales. En caso de duda, consulte directamente con la entidad o con un asesor jurídico especializado en cumplimiento.

3. Componentes del SAGRILAFT

El sistema debe contar con los siguientes elementos mínimos:

3.1 Política de prevención

Documento formal aprobado por la junta directiva o el órgano de administración que establece el compromiso de la empresa con la prevención del LA/FT/FPADM. Debe ser conocida por todos los empleados.

3.2 Oficial de Cumplimiento

Persona designada responsable de implementar, coordinar y supervisar el SAGRILAFT. Debe tener acceso directo a la alta dirección y reportar periódicamente al órgano de administración. No puede ser el revisor fiscal.

3.3 Identificación y evaluación de riesgos

La empresa debe identificar los riesgos de LA/FT/FPADM inherentes a su actividad, clientes, productos, canales de distribución y zonas geográficas. Esta evaluación debe documentarse y actualizarse periódicamente.

3.4 Procedimientos de debida diligencia

Conocimiento del cliente (KYC — Know Your Customer): verificar la identidad de clientes, proveedores y contrapartes, identificar beneficiarios finales y detectar personas políticamente expuestas (PEP).

3.5 Monitoreo de operaciones

Seguimiento continuo de las operaciones para detectar transacciones inusuales o sospechosas. Cuando se detecta una operación sospechosa, debe reportarse a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero).

3.6 Capacitación

Programa de capacitación anual obligatorio para todos los empleados, con énfasis en las áreas de mayor riesgo. Debe quedar documentada con registros de asistencia.

3.7 Auditoría interna

Evaluación periódica del sistema para verificar su efectividad y detectar brechas. Puede ser realizada por el área de auditoría interna o por un tercero.

3.8 Conservación de documentos

Todos los registros del SAGRILAFT deben conservarse por un mínimo de 5 años.

4. Reporte a la UIAF

Las empresas obligadas deben reportar a la UIAF los siguientes tipos de operaciones:

🚨 Importante

El no reporte de operaciones sospechosas a la UIAF es una infracción grave. La obligación de reportar existe independientemente de que la empresa sea o no responsable del delito subyacente.

5. Plazos y reportes ante Supersociedades

ObligaciónPlazo
Informe anual del Oficial de CumplimientoAntes del 30 de abril de cada año
Autoevaluación del sistemaAnual
Actualización de la evaluación de riesgosCada vez que haya cambios significativos
Reporte de operaciones sospechosas (UIAF)Dentro de los 2 días hábiles de detectada
Capacitación empleadosMínimo una vez al año

6. Sanciones por incumplimiento

La Superintendencia de Sociedades tiene amplias facultades sancionatorias frente al incumplimiento del SAGRILAFT:

⚠️ Las sanciones son acumulables

Supersociedades puede imponer múltiples multas simultáneamente por diferentes incumplimientos dentro del mismo sistema. Una empresa con varios vacíos en su SAGRILAFT puede enfrentar sanciones por cada uno de ellos.

7. ¿Cómo implementar el SAGRILAFT paso a paso?

  1. Diagnóstico inicial: evalúe si su empresa está obligada y cuál es su perfil de riesgo actual
  2. Designación del Oficial de Cumplimiento: nombre a la persona responsable con acceso a la alta dirección
  3. Elaboración de la política: redacte y apruebe la política de prevención en junta directiva
  4. Matriz de riesgos: identifique y califique los riesgos inherentes a su negocio
  5. Procedimientos de debida diligencia: establezca procesos de KYC para clientes y proveedores
  6. Sistema de monitoreo: defina señales de alerta y protocolos de reporte
  7. Capacitación: realice la primera sesión de formación y documéntela
  8. Registro en la UIAF: asegúrese de estar registrado en el sistema SISEC de la UIAF
  9. Auditoría interna: evalúe el sistema al final del primer año

8. SAGRILAFT y NormaCenter

El SAGRILAFT no es un sistema estático: la normatividad cambia. La Superintendencia de Sociedades emite circulares, conceptos y actualizaciones que pueden modificar sus obligaciones. La UIAF también actualiza periódicamente las señales de alerta sectoriales.

NormaCenter monitorea diariamente las publicaciones de Supersociedades y la UIAF, y le alerta automáticamente cuando hay cambios que afectan su obligación de cumplimiento. Así su Oficial de Cumplimiento no tiene que revisar manualmente cada fuente.

¿Su empresa tiene SAGRILAFT al día?

NormaCenter monitorea Supersociedades y UIAF todos los días y le avisa cuando hay cambios que le aplican.

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Preguntas frecuentes sobre el SAGRILAFT

¿Las empresas pequeñas deben implementar SAGRILAFT?

Depende. Si no superan los umbrales de activos/ingresos y no pertenecen a un sector de alto riesgo, no están obligadas. Sin embargo, algunas empresas lo implementan voluntariamente como buena práctica de gobierno corporativo.

¿El SAGRILAFT es lo mismo que el PTEE?

No. El PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial) es otro sistema de cumplimiento requerido por Supersociedades, orientado a la prevención de la corrupción y el soborno. Son sistemas distintos, aunque complementarios, y las empresas de cierto tamaño deben implementar ambos.

¿Una empresa puede usar un sistema externo para cumplir el SAGRILAFT?

Sí, la norma permite contratar proveedores especializados para algunos componentes del sistema, pero la responsabilidad de cumplimiento siempre recae sobre la empresa y su Oficial de Cumplimiento.

¿Con qué frecuencia visita Supersociedades a las empresas?

La Superintendencia de Sociedades realiza visitas de inspección, algunas programadas y otras sorpresivas. La frecuencia varía, pero las empresas de sectores de alto riesgo suelen ser visitadas con mayor regularidad.